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Asignación académica

La Universidad del Valle, a través de la Resolución No. 022 de mayo 8 de 2001 expedida por el Consejo Superior, definió los criterios, políticas y mecanismos de Asignación Académica de sus profesores, considerando entre otros aspectos que esta asignación de su trabajo académico sea coherente con la misión de la Universidad y con una concepción integral del desarrollo de sus funciones básicas: Docencia, Investigación y Extensión.

Disposiciones generales

La asignación académica de los profesores de dedicación exclusiva, de tiempo completo y de medio tiempo, deberá incluir tiempo para realizar actividades docentes e investigativas. En casos debidamente justificados ante el Decano o el Director del Instituto Académico, la asignación académica podrá estar constituida solamente por actividades docentes y académico administrativas. (Art. 32 y parágrafo EP).

Responsabilidad para su aprobación

Programación académica aprobada por el claustro

  1. Paso 1
    Jefe de unidad académica y profesor
    • Acordar el plan de trabajo semestral. Art. 10 Lit j) Res. 060
    • Un mes antes de comenzar el período académico Plan de trabajo individual y colectivo. Art. 1 Res. 022
  2. Paso 2
    Claustro de profesores
    • Aprobar plan de trabajo individual y colectivo de la unidad académica. Art. 1 Res. 022, Art. 42 Lit c) EG
  3. Paso 3
    Consejo de escuela / Comité de Departamento
    • Considerarlo y recomendarlo. Art. 10 Lit l) Res. 060
  4. Paso 4
    Consejo de Facultad / Regionalización
    • Aprobación. Art. 2 Res. 022, Art. 46 EP
    • El Decano es el responsable de la debida asignación académica en su facultad. Art. 40 Lit n) EG, Art. 2 Res. 022

Seguimiento y control

  1. 01

    El Profesor.

    Presenta - al finalizar el semestre - un informe escrito de la asignación académica que estuvo a su cargo.

    Art. 3 Res. 022

  2. 02

    El Jefe de Unidad Académica.

    Hace una primera valoración y lo somete al Consejo de Escuela / Comité de Departamento.

    Art. 3 Res. 022, Art. 10 Lit j) Res. 060

  3. 03

    El Consejo de Facultad / Regionalización.

    Valora y aprueba: la Asignación Académica 1) Programada 2) Ejecutada.

    Art. 2 Res. 022 / Art. 3 Res. 022 / Art. 40 Lit n) EG

  4. 04

    Las Vicerrectorías Académica y de Investigaciones.

    Hacen el análisis de las cifras de la OPDI y presentan al Consejo Académico el informe general de la asignación académica ejecutada.

    Art. 4 Res. 022

  5. 05

    El Consejo Académico.

    Realiza un balance de la asignación académica ejecutada y este sirve de base para la planeación del siguiente semestre.

    Art. 4 Res. 022

Actividades en docencia

Clases / Clases magistrales / Seminarios

Actividad Factor multiplicativo Estudiantes
Clases / Clases Magistrales / Seminarios 4,0 Pregrado: 35 est. Posgrado: 25 est.
Cada 3 estudiantes +/- 1,0
Por 2º grupo -1,0
Por 3º grupo -2,0
Asistido por monitor -1,0
Curso Regular Individualizado 1,2
Laboratorio y Trabajo de Campo 2,0
Práctica Supervisada 1,2 - 1,5
Taller Creativo. 2,0
Taller en Artes 1,7
  • Todos los profesores de la Universidad deben tener asignación en docencia. Las actividades docentes en el sistema de regionalización, o en educación desescolarizada, pueden hacer parte de la asignación académica regular del profesorado. (Art. 9 Res. 022).
  • Todo profesor nombrado de dedicación exclusiva o de tiempo completo tendrá la obligación de realizar, como parte de su asignación académica, actividades docentes teóricas con una intensidad horaria no menor de seis (6) horas semanales promedio año, o su equivalente en las combinaciones que se hagan de actividad docente teórica, teórico práctica o práctica. (Art. 47 y parágrafos EP).
  • Curso Dirigido 22h / 1 estud. - 121h / 9 estud.
  • Dirección y Asesoría de Trabajos de Grado:
    • - 22 h / s por est. Pregrado
    • - 33 h / s por est. Maestría
    • - 44 h / s por est. Doctorado
  • Clases desescolarizada 65 % clase regular.

Periodicidad de asignación

  • Para el cálculo de horas se asume que el tiempo total de las actividades académicas asignable a cada profesor se desarrolla en un calendario de 22 semanas de trabajo por semestre, de 40 horas cada una, para un total de 880 horas. El período consagrado a las clases es de 18 semanas, salvo que se disponga una duración diferente en un plan de estudios particular o en los programas de cursos, seminarios o talleres de carácter especial. (Art. 8 RES 022).
  • Para la valoración y evaluación de la asignación académica se debe considerar la asignación de trabajo de las unidades académicas y de los profesores, con las especificaciones particulares para cada uno de los semestres, durante el año. De lo anterior se deduce que las Unidades Académicas y los profesores trabajan absolutamente todo el año calendario (52 semanas), independiente de los períodos académicos que estén inmersos en cada semestre cronológico. (Art. 4 y parágrafo EP).
  • Departamentos y Escuelas la determinarán un mes antes del inicio de cada período académico.
  • Se articulan dos tipos de Planes de Trabajo: uno Individual por cada profesor, y uno Colectivo, aprobado por el claustro de la Unidad Académica.
  • Todo profesor, una vez finalizado el semestre, debe responder por el Plan de Trabajo que estuvo bajo su responsabilidad.
  • Tanto los Planes de Trabajo como los Informes de Ejecución deben ser aprobados por Consejos de Facultad / Instituto y remitidos a la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional.

Investigación, sistematización, creación artística y humanística

  • Elaboración de la propuesta Hasta 110h / sem (Prorrogable por 1 sola vez)
  • Desarrollo del proyecto 110 - 440 h / sem (Aprobación Unidad Académica y Consejo Facultad - Registrados en la VRING)

Extensión

  • 110 - 440 horas / sem
  • Para asignar tiempo debe seguir el mismo procedimiento de aprobación y evaluación de un proyecto de producción intelectual.
  • Podrán ser bonificadas, si la actividad se desarrolla por fuera del compromiso laboral del profesor, con el debido presupuesto y financiación externa.

Académico administrativas

  • Vicerrectores / Decanos / Directores de Instituto (880 horas)
  • ViceDecanos / SubDirecto res Instituto / Directores Sede / Direct Instituto Investigación (330 - 550 horas)
  • Jefes Departamento / Directores de Escuela (440h / + 20 prof , 330h entre 11 y 20 prof, 220h - 11 prof)
  • Directores de Programa (440h / + 350 est , 330h entre 151 y 350 est, 220h - 150 est)
  • Director de Centro (220 - 440 h)
  • Coordinación Laboratorio (Hasta 110 horas)
  • Repres. Profesoral a Consejo Superior y Académico (Principal 330h / Suplente 88h)
  • Repres. Profesoral Consejo Facultad / Instituto (220h)
  • Miembros CIARP (440h +150 prof , / 330h 51-150 prof / 220h -51 prof)
  • Miembros Credenciales Fac (220 +20 prof / 110h - 21 prof)

Orgánicas complementarias

  • 10 % - 15 % de la asignación Excepciones aprobadas por Consejos de Facultad / Instituto
    • - Asistencia a claustros.
    • - Tutorías académicas.
    • - Participación en Actividades Extracurriculares.
    • - Participación en Comités Institucionales.
    • - Evaluación de producción intelectual.

Accesos rápidos

Información de Vicerrectoría Académica

Ubicación

Edificio: E1 - Oficina 3027
Ciudad Universitaria - Meléndez
Universidad del Valle
Cali - Valle

Contacto

Teléfono: +57 602 321 2229
Vicerrector: Héctor Cadavid Ramírez

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